Alta Consular
El Registro de Matrícula Consular (RMC) es esencial para los españoles en el extranjero, ofreciendo dos modalidades de inscripción: como residente y como no residente.
¿Cómo Obtener el Alta Consultar con “Más visas”?
En “Más visas”, te hacemos un acompañamiento integral para obtener el alta consular, destacándonos en dos vías principales:
Si te mudas al extranjero de manera permanente, es obligatorio inscribirte como residente en el RMC. Esto te registra automáticamente en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), te da de baja en el padrón español anterior y, si eres mayor de 18 años, te inscribe en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), afectando tu participación electoral.
Para estancias temporales en el extranjero, puedes inscribirte como no residente. Aunque no es obligatorio, es altamente recomendable para mantener tus derechos como ciudadano español en el extranjero.
Esta inscripción no altera tu registro en el padrón español y tiene una validez de un año, tras el cual se requiere renovación o cambio a residente para evitar la baja automática.
Resuelve tus dudas
¿Es obligatorio inscribirse en el RMC al mudarse al extranjero?
Sí, si tu mudanza es permanente, debes inscribirte como residente. Para estancias temporales, la inscripción como no residente es opcional pero recomendada
¿Qué pasa si no renuevo mi inscripción como no residente o no cambio a residente?
Si no actualizas tu situación en el RMC dentro de un año, se te dará de baja automáticamente. Es importante mantener actualizada tu situación consular para evitar inconvenientes.
¿Influye la inscripción en el RMC en mis derechos electorales?
Sí, al inscribirte como residente y ser mayor de 18 años, se te inscribe en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), lo que te permite votar en elecciones desde el extranjero. Como no residente, mantienes tu capacidad de voto según tu última inscripción en España.